Ante todo me gustaría que alguien me dijese que ley es esa.
La única Ley con un contenido asimilable al que expone el "perla" es el Articulo 128-1 de la Ley 22/2010, de 20 de julio, del Código de consumo de Cataluña.
Para nada una ley estatal, sino autonómica y de aplicación única y exclusiva en CATALUNYA, para el resto de autonomías donde se habla alguna de las variantes de la lengua catalana carece de validez y hasta donde yo se no hay ninguna ley similar en ellas, solo normas sobre la utilización de la lengua vernácula en las relaciones con la ADMINISTRACION PULICA.
Así que "xiquet" ves a fer companya als "blaveros" o com deim a Mallorca, que et bombin